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Pachuca se impone 2 – 0 a Los Rebocero de la Piedad

Sabado 12 de Noviembre de 2011

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PACHUCA (Arturo Henkel).- Los Tuzos aprovecharon la semana de pausa previa a la liguilla del Apertura 2011 a causa de la Fecha FIFA con un duelo en las instalaciones de la Universidad del Futbol frente al súper líder de la Liga de Ascenso, los Reboceros de la Piedad, a los que vencieron por marcador de 2 goles por 0, con anotaciones de Luis García y Elías Hernández.

Pachuca se presentó con las ausencias de sus 3 seleccionados ecuatorianos: Segundo Castillo, Félix Borja y Jaime Ayoví, en su preparación para la serie frente a Tigres, en los Cuartos de Final de la liguilla.

En el duelo entre hidalguenses y michoacanos se jugaron dos encuentros de 2 tiempos de 30 minutos cada uno, en el primero jugaron los cuadros titulares y en el segundo los cuadros alternos de estas respectivas escuadras.

El partido entre Pachuca y La Piedad fue intenso a pesar de que el sol caía a plomo en el terreno de juego. Los Tuzos lograron pronto la tenencia del balón y el dominio de las acciones. El primer tanto cayó obra de un gran pase filtrado de Enrique Esqueda que dejó solo por sector derecho a Luis Arcadio García, quien cruzo a Tomás Adriano a segundo poste.

Las acciones continuaron siendo preponderantemente de peligro para la causa blanquiazul, con contadas llegadas para los michoacanos por conducto de Eduardo Dos Santos.

Para la segunda mitad, las cosas no cambiaron mucho, Pachuca siguió acechando el marco rebocero, y en una gran jugada de Juan Carlos Rojas dejó totalmente solo a Elías Hernández, quien definió al ángulo superior derecho para ampliar la ventaja a 2 en el marcador.

De esta forma, los Tuzos vencieron al súper líder de la Liga de Ascenso al recibirlos en las instalaciones de la Universidad del Futbol.

ALINEACIONES:

PACHUCA: 23. Carlos Velázquez, 12.Juan Carlos Rojas, 2.Leobardo López, 5.Horacio Cervantes, 16.Gerardo Rodríguez, 19. Edy Brambila, 21. Héctor Herrera, 10.Mauro Cejas, 7.Elías Hernández, 9.Enrique Esqueda y 29. Luis Arcadio García

LA PIEDAD: 1.Tomás Adriano, 22.Carlos Cárdenas, 3.César Saldivar, 4.Omar Jaime, 5.Jorge Campos, 6.Antonio Martínez, 7.Emmanuel Gil, 15.Armando Sánchez, 8.Jesús Padilla, 10.Eduardo Dos Santos y 20.Roberto Nurse

GOLES:

1 – 0 Luis Arcadio García (22’)
2 – 0 Elías Hernández (51’)

ENTRE SUPLENTES, EMPATE A 2 GOLES

El partido entre los cuadros alternativos de hidalguenses y michoacanos quedó empatado a 2 tantos. Las anotaciones pachuqueñas fueron dos golazos que corrieron a cargo de Raúl Martínez, quien disparo de derecha desde fuera del área para poner el balón en el ángulo superior derecho, y de Andrés Chitiva, quien de ‘sombrerito’ definió ante la salida del portero. Los reboceros descontaron la ventaja del cuadro anfitrión con anotaciones de Kevin Favela y Manuel Sánchez.

PACHUCA: 30.Rodolfo Cota, 26Javier M. Mustafá, 4.Marco Iván Pérez, 34. Abraham Torres Nilo, 3.Dionicio Escalante, 24.Raúl Martínez, 15 Juan Carlos Silva, 138. Octavio Aceves, 32.Benjamín Méndez, 37.Diego Armendáriz y 110 Andrés Chitiva

LA PIEDAD: 30.Rubén García, 22.Carlos Cárdenas, 3.César Saldívar, 8.Omar Jaime, 13.Alejandro Aguilar, 18.Emmanuel García, 9.Kevin Favela, 35.Alejandro Leyva, 12.Emmanuel Sanchez, 11.Antonio Martínez y 19.Hugo Cid

GOLES:

1 – 0 Raúl Martínez (22’)
2 – 0 Andrés Chitiva (32’)
2 – 1 Kevin Favela (44’)
2 – 2 Manuel Sánchez (51’)

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Fuente: Sitio Oficial

Un comentario

  1. Marco Marco 16 noviembre, 2011

    Para las Autoridades de Pachuca, Hidalgo y para la Directiva del Club Pachuca:

    En vista de una posible quebrantarían hacia los Derechos Humanos de los aficionados de los Tigres al evitar la entrada a la Ciudad y al acceso del Estadio del club Pachuca me hice a la labor de hacer una recopilación de cuales serian las violaciones que harían las autoridades al evitarnos la entrada a la ciudad y a los alrededores del estadio del Club Pachuca.

    El Articulo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé el Derecho Humano al Transito:

    Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

    Los casos ÚNICOS en que la autoridad de acuerdo en la Constitución Política de los Unidos Mexicanos puede restringir este Derecho Humano de transito solamente y únicamente pueden ser en estos casos.

    Judicial: En este caso se podrá privar de la libertad de tránsito solo por una sentencia judicial que amerite prisión, o bien Prisión preventiva, arraigo, confinamiento, etc. Conforme lo dispuesto en el código penal y civil, esto es siempre y cuando una persona cometa un hecho ilícito ósea un DELITO.

    Administrativa: Estas solamente competen a una autoridad administrativa y comprenden las restricciones que imponga o pueda llegar a imponer la legislación, tanto en materia de emigración y salubridad general, como la relativa a los extranjeros perniciosos residentes en el país.

    A esto a los aficionados a Tigres no se les podrá hacer distinción por sobre otra persona y negarle la entrada ya que en la misma Carta Magna prevé el Derecho Humano de la Igualdad.

    Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

    De acuerdo a la Reforma que se le hizo a la Constitución Federal que contempla a los Derechos Humanos viene al respecto que en ordenamientos Internacionales ratificados por México también estipula el derecho de transito como es en el Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y Ratificada por México, o como el Articulo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos también Ratificada por México

    En caso de infringir las autoridades esto podrán tener sanciones administrativas y hasta penales, nosotros lo gobernados podremos ejercer la acción pertinente en la instancia correspondiente. Ya basta de tanta Injusticia ¡

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